Ausencia Injustificada del Trabajador

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Ausencia injustificada: ¿Cuántos días puedo faltar antes de que me despidan?

Faltar al trabajo sin avisar es una de las situaciones que más estrés genera tanto para el trabajador como para la empresa. Ya sea por quedarse dormido, una emergencia familiar no acreditada o simplemente una confusión de turnos, la ausencia injustificada es una falta grave en Chile. Sin embargo, a febrero de 2026, existe mucha desinformación: algunos creen que faltar un día es motivo automático de despido, mientras que otros piensan que pueden ausentarse sin consecuencias.

En este artículo, como abogados laborales expertos, te explicamos exactamente qué dice la ley chilena, cuáles son los límites de las inasistencias y cómo defenderte si te despiden de forma arbitraria por faltar a tu puesto.

La regla de oro del Artículo 160 N°3: Los límites legales

La ley chilena es matemática a la hora de castigar la inasistencia. El Código del Trabajo establece que tu empleador puede despedirte sin derecho a indemnización por años de servicio ni mes de aviso si incurres en una ausencia injustificada en los siguientes tres escenarios exactos:

  • Dos días seguidos: Faltar, por ejemplo, un martes y un miércoles sin dar aviso ni presentar licencia médica.
  • Dos lunes en un mes: Faltar el primer y el tercer lunes del mismo mes calendario (sancionando el conocido «mal de lunes»).
  • Tres días en un mes: Ausentarte tres días alternados (por ejemplo, un martes, un viernes y un jueves de la semana siguiente) dentro del mismo mes calendario.

¿Me pueden despedir si falto un solo día al trabajo?

La respuesta general es NO. Si eres un trabajador administrativo, vendedor o de labores comunes, faltar un solo día injustificadamente no es causal de despido automático bajo la regla de inasistencia. Tu empleador sí podrá descontarte ese día de tu sueldo a fin de mes y entregarte una Carta de Amonestación, pero no puede echarte legalmente por esa única falta.

La única excepción a esta regla: La ley permite el despido por faltar un solo día (incluso sin previo aviso) solo si el trabajador tiene a su cargo una máquina, faena o actividad cuyo abandono signifique una «perturbación grave en la marcha de la obra». Por ejemplo, si eres el único operador de la grúa principal en una construcción y al no llegar paralizas toda la faena.

¿Qué pasa si me despiden por faltar un día argumentando «incumplimiento grave»?

Muchos empleadores intentan «saltarse» la regla de los dos días despidiendo al trabajador que faltó una sola vez bajo la causal genérica de «incumplimiento grave de las obligaciones del contrato». Si te ocurre esto, tienes excelentes probabilidades de ganar una demanda por Despido Injustificado, obligando a la empresa a pagarte todas tus indemnizaciones más un recargo legal como sanción por aplicar mal la ley.

¿Qué es una justificación válida en 2026?

No basta con enviar un mensaje de WhatsApp diciendo «jefe, no voy». Para que una ausencia no sea considerada «injustificada» por un juez, debes tener respaldo. Las únicas justificaciones legales sólidas son:

  • Licencia Médica: Emitida por un profesional de la salud.
  • Permisos legales: Por fallecimiento de un familiar, nacimiento de un hijo, etc.
  • Fuerza Mayor acreditada: Un accidente de trayecto (con constancia policial o parte médico), un desastre natural o una urgencia grave que puedas probar con documentos.

El peligro del «Abandono de Trabajo»

Si faltas y simplemente dejas de responder el teléfono o los correos de tu jefatura, el empleador podría invocar otra causal: el abandono del trabajo (salida intempestiva e injustificada). Por eso, la recomendación legal es siempre dejar un rastro escrito (correo o mensaje) informando tu situación, incluso si no tienes la licencia médica en ese mismo instante.

¿Te despidieron por inasistencia pero tenías justificación?

Si tu empleador no quiso recibir tu licencia médica, ignoró tu emergencia familiar comprobable, o te despidió por faltar un solo día sin que tu labor fuera crítica, ese despido es ilegal. Tienes solo 60 días hábiles para demandar ante tribunales. En Los Abogados Laborales revisamos tu caso y exigimos el pago de todo el dinero que te quitaron injustamente.

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Fuentes: Código del Trabajo de Chile (Art. 160 N°3 y N°7), Jurisprudencia Corte Suprema sobre Despido Injustificado por Inasistencia.

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