En nuestra vida laboral en más de alguna ocasión hemos sufrido el rechazo de una licencia médica. Esto produce un gran perjuicio al trabajador quedando sin recibir el subsidio por incapacidad laboral. Entonces es cuando surge la pregunta ¿Qué puedo hacer ante el rechazo de una licencia médica?:
- Si te rechazan una licencia médica debes apelar ante la COMPIN, la cual podrás hacer tú mismo. Esta apelación puede ser realizada a través de la página de la institución, web https://milicenciamedica.cl siguiendo las indicaciones que la misma te va indicando, en un plazo máximo de 15 días hábiles.
La idea es adjuntar al reclamo toda la información y documentación relevante sobre tu licencia y estado de salud, por ejemplo, informes médicos, exámenes, interconsultas, etc.
- Si la COMPIN rechaza el reclamo o apelación de la licencia médica, puedes presentar un recurso ante la superintendencia de seguridad social (SUSESO).
Esto también puedes hacerlo tú, sin necesidad de que te represente un abogado, adjuntando toda la información relevante, que pueda ayudar a que la SUSESO deje sin efecto la resolución de la COMPIN.
- Finalmente, si la SUPER INTENDENCIA DE SEGURIDAD SOCIAL, también falla en tu contra, podrás con nuestra ayuda, presentar un recurso de protección en contra de la resolución de la SUSESO, para obtener el pago de tu o tus licencias médicas rechazadas.
¿Cuándo necesito abogado para dejar sin efecto el rechazo o disminución de una licencia médica?
Cuando ya agotaste la instancia ante la COMPIN y habiendo recurrido a la SUSESO, ésta ha mantenido el rechazo de la licencia médica, podrás dentro del plazo de 30 días desde que ésta última ha rechazado el pago de tú licencia médica, presentar ante la Corte de Apelaciones un recurso de protección para dejar sin efecto el rechazo o disminución de la licencia médica.
¿En qué casos me conviene presentar un recurso de protección por el rechazo o disminución de mi licencia médica?
Es conveniente presentar un recurso de protección ante el rechazo de licencia médica, cuando las entidades que la rechazan no te han sometido a ningún tipo de peritaje para determinar la procedencia o no del rechazo. Entonces, si te rechazan la licencia médica, sin haberte sometido a ningún peritaje de otro facultativo que pueda, conociendo tu caso y situación, estimar que la licencia que te ha dado tu médico es inadecuada, excesiva o fraudulenta, te conviene presentar un recurso de protección por rechazo de licencia médica.
En atención a lo ya señalado, si la entidad pretende rechazarte la licencia médica, lo razonable es hacerte antes de ello un peritaje, que permita abordar la razonabilidad de la licencia en tu situación. Si ello no ocurre, puedes presentar un recurso de protección, pues tienes la oportunidad cierta de ganar y obtener el pago de tus licencias médicas.
¿Qué señala la Corte cuando presentan el recurso de protección por rechazo de licencia médica?
La jurisprudencia actual de nuestro máximo tribunal de justicia ha señalado si para rechazar el pago de tu licencia, se te ha sometido al menos a un peritaje o no.
Así, por ejemplo, en una causa el año 2021, se ha resuelto en los considerandos respectivos de la sentencia:
“SÉPTIMO: Que, por la presente acción constitucional, se recurre en contra de la dictación de la resolución exenta N° R-01-UNRA-138926- 2021, de fecha 19 de Octubre de 2021, de la Superintendencia de Seguridad Social, que confirmó el rechazo del pago de tres licencias médicas válidamente emitidas por el médico tratante de la recurrente, alegando que dicho acto vulnera los derechos del recurrente, consagrados en el artículo 19 numerales 1 y 24 de la Constitución Política de la República, solicitando que se aprueben y se ordene el pago, por quién corresponda, de los subsidios por incapacidad laboral temporal derivado de las licencias médicas Nº 7018038-3, Nº 71115728, Nº 7333379, extendidas a favor del recurrente, o bien, la declaración que el tribunal sirva efectuar en igual sentido.
OCTAVO: Que, consta de los antecedentes acompañados, que la actora cuenta con un diagnóstico de depresión, teniendo antecedentes a contar del año 2006 por dicha patología, estando adscrita a tratamiento psiquiátrico y psicológico. No obstante, de los antecedentes expuestos por ambas partes en sus presentaciones, se desprende que la Superintendencia de Seguridad Social decidió rechazar las licencias en cuestión, en base exclusivamente a los antecedentes provenientes del médico tratante, sin averiguar mayores antecedentes, o bien, sin que se haya solicitado a la actora una complementación de la información médica aportada, cuestión que habría sido idónea en consideración al historial de salud de la recurrente.
NOVENO: Que, de esta forma, se advierte por estos sentenciadores que el actuar de la Superintendencia muestra una falta de fundamentación para desestimar las licencias cuestionadas, lo que en atención a la naturaleza del bien jurídico en cuestión, configura una arbitrariedad en el actuar, vulnerando con ello los derechos fundamentales de la recurrente a la integridad psíquica y su derecho de propiedad, por cuanto el rechazo en cuestión, afecta la salud mental de la recurrente y, por otra parte, afecta su patrimonio al impedirle acceder al subsidio por enfermedad. Así las cosas, constatándose que la recurrida ha actuado de manera arbitraria, se deberá acceder a al recurso de protección deducido, en la forma que se dirá en lo resolutivo.
DÉCIMO: Que, teniendo en consideración que se trata de obtener el pago de licencias, que son reemplazos del sueldo que debió percibir la afectada, el que no ha estado percibiendo, y que ha debido contratar un letrado para interponer esta acción, el tribunal acogerá con costas el recurso
Rol N° 2013-2021 (Protección).-“