¿Tu empleador te obliga a trabajar más de la cuenta y no te paga ni un peso extra? Muchos trabajadores en la Región del Maule soportan esta situación por miedo a perder su empleo. Sin embargo, la ley te entrega una herramienta poderosa: el Autodespido o Despido Indirecto.
¿Cuándo el no pago de horas extras permite el autodespido?
A diciembre de 2025, con la plena implementación de la Ley de 40 Horas, el control de la jornada es más estricto que nunca. El no pago de horas extras se considera un incumplimiento grave de las obligaciones del contrato.
Para que el autodespido sea exitoso, el incumplimiento debe ser reiterado o por montos significativos. Si la empresa te debe varios meses de horas extraordinarias, tienes derecho a poner término al contrato y exigir que se te pague como si te hubieran despedido injustificadamente.
Beneficios de Autodespedirse
Al ganar un juicio de autodespido, obtienes:
- Indemnización por años de servicio.
- Indemnización sustitutiva del aviso previo (un sueldo extra).
- Recargo legal: Dependiendo del caso, un recargo de hasta el 50% sobre tus años de servicio.
- Pago de todas las horas extras adeudadas con los intereses respectivos.
El peligro de hacerlo sin abogado
¡Importante! Nunca dejes de ir a trabajar sin antes haber enviado la carta de autodespido redactada por un profesional. Si lo haces mal, la empresa te demandará por «abandono de trabajo» y perderás todos tus derechos. El proceso debe ser milimétrico:
- Recopilar pruebas: Registros de asistencia, mensajes de WhatsApp, correos electrónicos o testimonios de colegas.
- Redacción de carta: Debe enviarse por correo certificado a la Inspección del Trabajo y al empleador.
- Demanda Judicial: Se tiene un plazo de 60 días hábiles para demandar ante los tribunales de Talca o Curicó.
¿Te deben horas extras? Evaluamos tu caso GRATIS
En Los Abogados Laborales somos expertos en ganar juicios de autodespido en el Maule. No renuncies con las manos vacías; sal de tu empresa con la frente en alto y con el dinero que legalmente te pertenece.
- 📍 Talca: 4 Norte 595 – Esquina Calle 2 Pte.
- 📍 Curicó: Calle Manuel Montt nº 357, oficina 502.
- 📞 Llamar o WhatsApp: +56 9 9183 5639
Fuentes: Código del Trabajo de Chile, Dictámenes de la Dirección del Trabajo (DT) 2025, Biblioteca del Congreso Nacional.




